JJ Morón
Así es, todos conocemos que siempre hay que
poner interés en cualquier contrato que contraemos, en este caso y tratándose
de lo que se trata debemos tener mucho cuidado con los contratos que aceptamos
cuando nos dirigimos a apostar por nuestro equipo y vía internet. No hablamos
de un simple registro en la red, en cualquier Web, hablamos de un contrato en
toda regla.
Estos son algunos de los términos y
condiciones que integran muchos de los contratos de juego entre la compañía
dedicada a la organización, comercialización y explotación de juegos en España,
que cuenta con licencia necesaria para ello, y que ejerce su actividad de
conformidad con lo establecido en la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación
del juego y su normativa de desarrollo; y usted el "Participante",
que quiere contratar los servicios del operador en los términos previstos en el
contrato de juego.
Destacaremos
algunas de las cláusulas a las que debemos prestar especial interés.
1.- Siempre aparecerá en el objeto y la naturaleza del
contrato de juego lo siguiente:
El contrato de juego tiene naturaleza de
contrato de adhesión y se formalizará por la aceptación expresa del participante
de los términos y condiciones que en él se indican. Es decir, que al firmarlo
hemos aceptado un contrato en toda regla, no es un juego ni un simple registro
de control para una web, por lo tanto aportará derechos y obligaciones.
La aceptación expresa del contrato de juego
por el participante se manifiesta mediante la aceptación de las condiciones por
los medios que establezca cada operador y en cada momento, correspondiendo
siempre al operador la prueba de esta aceptación y su conservación.
2.- Ser conscientes que en todas las casas de apuestas y así
constará en todos los contratos, existe un registro de usuario. Registro en el
que siempre quedará nota de la activación de cualquier cuenta así como de todas
sus operaciones, apuestas, cantidades jugadas, cobros de premios, depósitos de
efectivo y otros.
Debemos puntualizar que en el
proceso de registro, el participante
facilita los datos personales que se le soliciten, que incluirá al menos datos
personales, de identificación y datos de residencia fiscal exigidos bajo la Ley
13/2011, de 27 de noviembre, de regulación de juego y la Ley 10/2010, de 28 de
abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del
terrorismo y su normativa de desarrollo.
Datos obligados como, nombre y apellidos,
número de documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de
extranjero (NIE) o permiso de residencia (expedido por el Ministerio del
Interior), fecha de nacimiento, género (masculino/femenino), nacionalidad,
domicilio, código postal y localidad-; y otros datos -nombre de usuario,
contraseña, confirmación de contraseña, dirección de email, y número de
teléfono -; así como aquellos otros que necesita solicitar el operador o casa
de apuesta que fuere para la realización de las transacciones económicas entre
operador y jugador o participante.
3.- Indicar que el operador dispone de una
política expresa de admisión de jugadores que es de obligado cumplimiento para
todos los administradores, empleados y colaboradores que presten sus servicios
al operador y en virtud de la cual se
prohíbe la participación de las siguientes personas:
Jurídicas, ya que
solo se admiten personas físicas, nunca podremos jugar a nombre de una empresa
fuere cual fuere su naturaleza o fin.
Físicas en los siguientes supuestos:
Menores de edad.
Incapacitados legalmente
o por resolución judicial.
Personas que
voluntariamente hubieran solicitado que les sea prohibido el acceso al juego
(Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego) o que lo tengan
prohibido por decisión judicial firme.
Personas con
domicilio fuera del territorio nacional.
Los accionistas, propietarios, partícipes o
titulares significativos del operador, su personal directivo y empleados
directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges
o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado,
en los juegos que gestionen o exploten aquéllos, con independencia de que la
participación en los juegos, por parte de cualquiera de los anteriores, se
produzca de manera directa o indirecta, a través de terceras personas físicas o
jurídicas (Registro de Personas Vinculadas a operadores de Juego).
Los deportistas, entrenadores u otros participantes
directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la
apuesta.
Los directivos de las entidades deportivas participantes
u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que
se realiza la apuesta.
Los jueces o árbitros que ejerzan sus funciones en el
acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta, así
como las personas que resuelvan los recursos contra las decisiones de aquellos.
El Presidente, los
consejeros y directores de la Comisión Nacional del Juego, así como a sus
cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en
primer grado y a todo el personal de la Comisión Nacional del Juego que tenga
atribuidas funciones de inspección y control en materia de juego.
Cualesquiera otras
personas que una norma pueda establecer o respecto de las que el operador tenga
elementos de juicio suficientes para considerar probado que han incurrido en
fraude, colusión o que de cualquier otro modo hayan incumplido las normas
aplicables a la actividad de juego en la que toman parte.
Además, todos los operadores podrá impedir
la participación de cualesquiera otras personas cuando concurran otras circunstancias
que, a juicio del operador, aconsejen que se les prohíba la participación en
los juegos y apuestas ofrecidos por el operador.
4.- Debemos saber que, una vez registrados y ya
apostando, el operador controlará la correcta utilización de la cuenta de juego
y verificará todas las transacciones realizadas por el participante, y
notificará a las autoridades competentes las transacciones que considere que
pueden vulnerar la normativa de prevención del blanqueo de capitales y
financiación del terrorismo.
5.- Importante
conocer que el operador podrá suspender los registros de usuario que permanezcan
inactivos durante más de dos años ininterrumpidamente, que podrán ser
reactivados a solicitud del participante si bien, una vez transcurridos cuatro
años de inactividad, el operador cancelará los registros correspondientes. En
el caso de que un registro de usuario sea suspendido, no se permitirá realizar
ninguna de las acciones descritas anteriormente.
6.- No olvidar que a través de la cuenta de juego se podrán producir distintos
tipos de movimientos que afectan al saldo de cada cuenta. Que el derecho de crédito sobre los importes correspondientes a los
premios y ganancias obtenidos, así como de los rembolsos que eventualmente
pudieran producirse, que el operador abonará en la cuenta de juego en el plazo
máximo de 24 horas desde la certificación de los resultados por los organismos
oficiales competentes.
7.- Que la retirada de los fondos por el participante,
solo se podrá efectuar a través de los medios de pago establecidos por cada operador
en las reglas particulares de cada juego. Debemos mirarlo bien antes de
registrarnos en ninguna casa de apuestas antes de llevarnos sorpresas a la hora
de cobrar cualquier premio.
8.- No olvidar que, por ley, no se permitirá la
retirada de fondos si el operador no dispone de la siguiente documentación, que
deberá haber sido remitida escaneada por el participante con carácter previo a
la primera retirada, alguno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte,
permiso de residencia expedido por el Ministerio del Interior o NIE; y comprobante bancario de que el Participante
en cuestión es titular de la cuenta a la que se destinan los fondos (dicho
comprobante deberá entregarse antes de la primera retirada a la cuenta de que
se trate de modo que no se volverá a solicitar para ulteriores transferencias a
dicha cuenta si bien si el participante desea que los fondos se transfieran a
otra cuenta de la que sea titular, deberá facilitar previamente el comprobante
bancario que acredite que es titular de la otra cuenta).
9.- Siempre indicarán que el participante podrá
retirar la totalidad del saldo de la cuenta de juego cuando así lo desee, si
bien en el caso de premios solo podrá hacerlo siempre que el participante no
esté incurso en alguna causa legal de prohibición subjetiva o en cualquier otra
circunstancia que resulte del contrato de juego aceptado.
10.- Importante
conocer que el operador deberá ordenar al medio de pago que corresponda la
transferencia de los fondos solicitada en el plazo máximo de 24 horas desde la
solicitud y aceptación por parte del operador, una vez verificado que todos
los depósitos del participante se abonaron en la cuenta bancaria del operador.
11.- Que está en todo caso prohibido el abono de
cantidades en efectivo por el operador al participante (por ejemplo, "en
ventanilla" en el domicilio social del operador).
12.-
Que el Participante podrá solicitar en
cualquier momento al Operador el cierre del registro de usuario.
13.- Conocer que adicionalmente, el registro de usuario será
cancelado transcurridos cuatro años desde la suspensión del registro de usuario,
si el participante fuera inscrito en el Registro General de Interdicciones de
Acceso al Juego o en el Registro de Personas Vinculadas al operador con
posterioridad a la activación del registro de usuario, si el operador tuviera
elementos de juicio suficientes para considerar probado que el participante ha
incurrido en fraude, colusión o puesta a
disposición de terceros de su propia cuenta o toma conocimiento de que el participante se encuentra incurso en
alguna de las prohibiciones de admisión contempladas por la ley.
De la misma forma en la totalidad de los
contratos y en el apartado de derechos y obligaciones, encontraremos como
mínimo los siguientes puntos.
Por
parte del participante, destacamos los derechos más importantes:
1.- Conocer en
todo momento la identidad del Operador así como conocer, en el caso de
reclamaciones o posibles infracciones, la identidad del personal que interactúe
con los participantes.
2.- Participar en
los juegos y concursos libremente, sin coacciones o amenazas provenientes del operador,
de otros jugadores o de terceros.
3.- Solicitar al operador
de forma expresa e individualizada el establecimiento de límites para sus depósitos
por importes inferiores o superiores a los establecidos con carácter general,
así como la desaparición de cualquier límite que tuviera establecido para su
cuenta de depósito.
4.- Conocer en
cualquier momento y en tiempo real el saldo de su cuenta de juego y disponer
del registro de todas las participaciones o jugadas efectuadas, al menos en los
últimos 30 días.
5.- Requerir al operador
para que le transfiera, por cualquiera de los medios de pago ofrecidos por el operador
y sin coste adicional alguno, el saldo de su cuenta de juego y de los premios
obtenidos.
6.- Ejercitar
respecto de sus datos personales los derechos establecidos en la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su
normativa de desarrollo.
7.- Formular ante
la Comisión Nacional del Juego las reclamaciones contra las decisiones del operador
que afecten a sus intereses.
Por
parte del participante, destacamos las obligaciones más importantes:
1.- No alterar el
normal desarrollo de los juegos.
2.- No facilitar los
datos del registro de usuario a terceros ni facilitar el uso no autorizado del
mismo.
3.- No realizar
transferencias de juego a otros participantes.
4.- Conocer que el
operador podrá suspender cautelarmente al participante que haya tenido, a su
juicio, un comportamiento colusorio o fraudulento o que haya permitido la
utilización de su registro de usuario por terceros, hasta que se demuestren los
hechos. Contrastados los hechos, si el operador tuviera elementos de juicio
suficientes para poder considerar probado que el participante ha incurrido en
fraude, colusión o puesta a disposición de terceros de su propia cuenta, el
contrato será resuelto unilateralmente y notificado este hecho, junto con los
elementos de juicio recabados, a la Comisión Nacional del Juego.
Por
parte del operador, destacamos las obligaciones más importantes:
1.- Verificar que los usuarios no figuran inscritos
en el Registro General de Interdicciones del Juego y adoptar las medidas
específicas de control respecto de los participantes que hubieran solicitado
que les fuera prohibida la práctica de un determinado juego, todo ello de
conformidad con los procedimientos establecidos a estos efectos por la Comisión
Nacional del Juego.
2.- Conservar el Contrato de juego por un plazo de seis años
desde la cancelación del registro de usuario y adoptar todas las medidas
necesarias para la protección de los datos personales del participante.
3.- Solicitar el
consentimiento expreso del participante para la prórroga de la relación
contractual en los supuestos de modificación unilateral del contrato o novación
subjetiva del operador.
4.- Conservar el
detalle analítico de los movimientos en relación con la cuenta de juego del participante
y de las jugadas efectuadas durante un periodo de seis años
5.- Realizar, con
la frecuencia que establezca la Comisión Nacional del Juego, verificaciones
periódicas de la correcta utilización de la cuenta de juego, notificando a la
Comisión Nacional del Juego y al Servicio Ejecutivo de la Comisión de
Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias las posibles
violaciones o las anomalías detectadas en su uso en el momento en que tenga
conocimiento de ello.
6.- Registrar de
manera inmediata en la cuenta de juego, mediante cargos y abonos, todas las
operaciones, incluyendo los elementos identificativos completos de las mismas
y, en particular, los relativos a jugadas, ganancias, devoluciones, ingresos,
reintegros o bonus y promociones recibidas.
7.- Realizar el abono de los premios obtenidos por los
usuarios de conformidad con el procedimiento y medios de pago que hubiera
establecido en las reglas particulares del juego, poniendo a disposición del participante
el abono de los premios mediante el mismo medio que aquél hubiera empleado para
el pago de la participación en el juego.
8.- Comunicar a la
Comisión Nacional del Juego los datos identificativos de aquellos participantes
que pudieran suponer un riesgo de colusión o que hayan utilizado
fraudulentamente en la cuenta de juego tarjetas de crédito.
9.- Poner a
disposición del participante a través de su cuenta de usuario una copia del
presente Contrato de juego y de las eventuales modificaciones del mismo, así
como los instrumentos de firma electrónica precisos para su formalización y
para el posterior desenvolvimiento de la relación jurídica.
10.- Disponer de
una o varias cuentas corrientes bancarias en España en las que ingresará los
importes depositados para la participación en los juegos.
11.- No realizar
ningún acto de disposición de los importes depositados por el participante en
la/s cuenta/s corriente/s dedicada/s a estos efectos para fines distintos al
desarrollo ordinario de los juegos.
12.- Limitar los
poderes para la disposición de los fondos de la/s cuenta/s corriente/s y
notificar a la Comisión Nacional del Juego los datos de identificación de los
apoderados y los porcentajes máximos de disposición diaria.
13.- Implantar y
notificar a la Comisión Nacional del Juego un procedimiento en el que, mediante
la intervención de una entidad financiera o aseguradora, se garantice la
correcta disposición de los fondos de la/s cuenta/s corriente/s.
14.- De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ("LOPD") y sus
normas de desarrollo, y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la
sociedad de la información y de comercio electrónico, le informamos que:
·
los datos personales
que facilite al registrarse en la web a través de la cual se presten los
servicios objeto del contrato de juego (incluidas las opciones que seleccione
sobre el envío de comunicaciones comerciales por el operador).
·
los que se obtengan
conforme a los procesos de verificación exigidos legalmente.
·
los que facilite
posteriormente mientras continúe siendo usuario registrado del portal.
·
los que se generen
en el marco de la ejecución de los contratos específicos y las reglas
particulares del juego, apuesta o concurso de que se trate, y
·
Toda aquella
información que se genere durante su navegación por la web y por el uso de los
servicios que se le ofrecen en el mismo (los datos personales), serán
incorporados a un fichero de datos automatizado titularidad del operador, con
domicilio social en la dirección indicada en el encabezado del contrato de
juego que fuere, (el responsable del fichero).
Importante clausula que suele aparecer en todos los
contratos de casi la totalidad de casas de apuestas
MODIFICACIÓN, EFICACIA Y DURACIÓN
En este caso nos referimos a la duración y
modificaciones del contrato.
Los
operadores suelen reservarse la facultad de modificar el contrato de juego.
Así es, tal y como suena con todo su aquél,
las casas de apuestas se reservan el modificar el contrato, cuidadín con esto
que a más de uno le dará alguna que otra sorpresa, máxime cuando decididamente
se dirija a su casa de apuesta conocedor de sus derechos y se encuentre que el
contrato que presumía conocer ha cambiado… De ahí el que todos tengan un
carácter indefinido.de la apuesta
es de 0,60€ y se puede jugar tanto con un
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